Permiso internacional de conducir: qué es, cómo sacarlo y en qué países lo necesitas
Todo sobre el permiso internacional de conducir en 2026: qué es, dónde lo necesitas, cómo solicitarlo en la DGT, requisitos, precio y validez.
Todo sobre dar de baja un coche en la DGT: diferencias entre baja temporal y definitiva, documentos, coste del trámite y qué pasa con el seguro.
Dar de baja un coche es un trámite que tarde o temprano le toca a casi todo el mundo: el vehículo es demasiado viejo para pasar la ITV, no lo usas y estás pagando seguro e impuestos por nada, o simplemente quieres enviarlo al desguace. Sea cual sea tu caso, hay dos tipos de baja —temporal y definitiva— y elegir la correcta es importante porque tienen consecuencias muy distintas.
Lo que mucha gente no sabe es que mientras un vehículo esté dado de alta en la DGT, estás obligado a tener seguro y a pagar el Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica (el famoso “impuesto de circulación”). Aunque el coche lleve meses aparcado sin moverse. Por eso, dar de baja un vehículo que no usas no es solo una opción: es una decisión económica inteligente.
En esta guía te explicamos las diferencias entre ambas bajas, cómo tramitarlas y qué implicaciones tiene cada una para tu bolsillo y tu responsabilidad como propietario.
Antes de hacer nada, tienes que tener claro qué tipo de baja te conviene. La diferencia es fundamental:
La baja temporal significa que el vehículo deja de circular y se guarda en un espacio privado (tu garaje, una nave, etc.), pero sigue existiendo como vehículo matriculado. Puedes volver a darlo de alta cuando quieras para volver a circular con él.
Es la opción adecuada cuando:
La baja definitiva implica que el vehículo se destruye y deja de existir como tal. Se entrega a un Centro Autorizado de Tratamiento (CAT), que es el nombre oficial de los desguaces autorizados, donde se descontamina y se reciclan las piezas.
Es la opción cuando:
| Característica | Baja temporal | Baja definitiva |
|---|---|---|
| ¿Se puede volver a dar de alta? | Sí | No |
| ¿Se destruye el vehículo? | No | Sí (en CAT autorizado) |
| Obligación de seguro | No durante la baja | No (el coche ya no existe) |
| Impuesto de circulación | Exento durante la baja | Exento definitivamente |
| Coste del trámite en DGT | Tasa de 8,67 € | Gratuito (si se hace con CAT) |
| Duración máxima | 1 año (renovable) | Permanente |
Atención: la baja temporal tiene una duración de 1 año, tras el cual debes o renovarla, dar de alta el vehículo o tramitar la baja definitiva. Si no haces nada, la DGT puede iniciar un procedimiento de baja de oficio.
La baja temporal se tramita directamente ante la DGT, ya sea de forma presencial o telemática.
Puedes tramitar la baja temporal a través de la sede electrónica de la DGT con certificado digital o Cl@ve. El proceso es similar: rellenas el formulario, pagas la tasa online y adjuntas la documentación. La diferencia es que las placas tendrás que entregarlas después en una Jefatura o enviarlas por mensajería, según las instrucciones que te den.
La baja definitiva tiene un proceso diferente porque implica la destrucción del vehículo.
La baja definitiva tramitada a través de un CAT autorizado es gratuita. No hay tasa de la DGT. Además, algunos desguaces te pagan una pequeña cantidad por el coche (entre 50 y 300 euros, dependiendo del estado y el modelo), especialmente si tiene piezas que pueden reutilizarse.
Muy importante: nunca abandones un vehículo en la calle ni lo dejes en un desguace no autorizado. Abandonar un coche es una infracción que puede acarrear multas de hasta 3.000 euros. Y si el desguace no es un CAT autorizado, la baja no se tramita correctamente y seguirás figurando como titular del vehículo, con todo lo que eso implica en seguro e impuestos.
Este es un punto que mucha gente olvida y acaba pagando de más.
Baja temporal: cuando tramitas la baja temporal, debes comunicarlo a tu aseguradora para suspender o cancelar la póliza. La mayoría de aseguradoras permiten suspender la póliza durante el periodo de baja temporal y reactivarla cuando des de alta el vehículo de nuevo. Si cancelas, perderás la antigüedad acumulada (que influye en las bonificaciones del seguro), así que la suspensión suele ser mejor opción.
Baja definitiva: comunica la baja definitiva a la aseguradora para cancelar la póliza. Si te quedaban meses pagados por adelantado, tienes derecho a la devolución proporcional de la prima. Solicítala expresamente, porque algunas aseguradoras no lo hacen automáticamente.
| Situación | Seguro |
|---|---|
| Baja temporal | Suspender póliza (mantiene antigüedad) |
| Baja definitiva | Cancelar póliza (solicitar devolución proporcional) |
| Coche dado de alta pero sin seguro | Multa de 601 a 3.005 € |
El Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM), que se paga al ayuntamiento, deja de devengarse cuando el vehículo está en baja temporal o definitiva. Sin embargo, como el impuesto se paga por año natural completo, la baja debe estar tramitada antes del 1 de enero del año en cuestión para no tener que pagar ese año.
Si das de baja el coche a mitad de año, seguirás debiendo el impuesto de ese año completo. Algunos ayuntamientos permiten solicitar la devolución proporcional, pero no todos. Conviene preguntar en tu ayuntamiento.
Una duda muy habitual: ¿puedo dar de baja un coche que no tiene la ITV en vigor? La respuesta es sí, tanto para la baja temporal como para la definitiva. No necesitas pasar la ITV para tramitar la baja.
De hecho, uno de los motivos más comunes para dar de baja un coche es precisamente que no pasa la ITV y la reparación no compensa. Si ese es tu caso, te interesa saber que no necesitas pasar la ITV antes de llevar el coche al desguace.
Lo que sí necesitas es llegar con el coche al CAT. Si el vehículo no puede circular, puedes contratar una grúa. Algunos desguaces ofrecen servicio de recogida gratuito, especialmente en áreas urbanas.
Si decidiste dar de baja temporal tu coche y ahora quieres volver a usarlo, el proceso de rehabilitación es el siguiente:
Si algún día decides transferir un coche entre particulares, ten en cuenta que un vehículo en baja temporal puede venderse, pero el comprador deberá tramitar el alta y la transferencia simultáneamente.
| Concepto | Baja temporal | Baja definitiva |
|---|---|---|
| Tasa DGT | 8,67 € | Gratuito (vía CAT) |
| Desguace (CAT) | No aplica | Gratuito (pueden pagarte) |
| Gestoría (opcional) | 30-60 € | 30-60 € |
| Grúa (si el coche no arranca) | 50-150 € | 50-150 € (muchos CAT la ofrecen gratis) |
No, salvo que tengas una autorización expresa del titular o un poder notarial. La baja solo la puede tramitar el propietario que figure en el Registro de Vehículos de la DGT, o un representante debidamente autorizado.
Seguirás pagando el impuesto de circulación anual y estarás obligado a mantener un seguro en vigor. Si no tienes seguro, te arriesgas a multas de entre 601 y 3.005 euros. Además, si el coche está abandonado en la vía pública, el ayuntamiento puede retirarlo y pasarte los costes.
Depende de las condiciones de tu contrato de financiación. Muchos contratos incluyen una cláusula que obliga a mantener el vehículo en alta y con seguro a todo riesgo mientras dure la financiación. Consulta con tu entidad financiera antes de tramitar la baja.
No hay un límite legal de renovaciones. Puedes mantener un vehículo en baja temporal indefinidamente, renovando cada año. Sin embargo, si pasan muchos años, puede ser más práctico tramitar la baja definitiva si no prevés volver a usarlo.
No. La normativa medioambiental obliga a entregar los vehículos al final de su vida útil a un Centro Autorizado de Tratamiento (CAT). Solo los CAT pueden emitir el certificado de destrucción necesario para la baja definitiva. Entregar un coche a un desguace no autorizado o desmontarlo por tu cuenta es una infracción medioambiental.
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